INFORMACIÓN ECONÓMICA MÁS IMPORTANTE Y NOVEDADES LEGISLATIVAS EL BOE 26/11/2019 y BOCM 25-26/11/2019
INFORMACIÓN ECONÓMICA.

• El TEAC sanciona a un contribuyente, con residencia en Navarra, que negó datos a la ONIF. Las competencias tributarias entre administraciones no pueden superponerse. El TEAC resuelve que la ONIF es competente para efectuar un requerimiento de información a un obligado tributario domiciliado en la Comunidad Foral de Navarra, puesto que éste, en cuanto a sus obligaciones de suministro general de información tributaria legalmente exigidas sólo debe responder ante la Hacienda Foral de Navarra, pues es a ésta a quien le corresponden las competencias para su inspección y comprobación; pero, en lo que respecta a las obligaciones de información individualizada, ha de responder ante una petición que le pueda formular un órgano, con competencias a este respecto de la AEAT.

• Fedea ha advertido que limitar el precio del alquiler reducirá la oferta de vivienda disponible y puede dar lugar a trasvases de vivienda de alquiler a propiedad, ante el escaso atractivo que tendría la inversión en alquiler. «Los propietarios se cansarán de ver los alquileres congelados y decidirán venderla». El control del alquiler transfiere renta de los propietarios a los inquilinos, a corto plazo, y proporciona incentivos para reconvertir las viviendas en alquiler y así dirigirlas al mercado en propiedad, pero, a largo plazo, elimina los incentivos a construir nueva vivienda de alquiler al mantener los precios y los beneficios se situarían por debajo de los niveles de mercado.

• El titular de un inmueble que alquila una vivienda a una empresa, y por tanto ésta paga la renta, pero destina el inmueble a vivienda habitual de uno de sus empleados puede aplicarse en el IRPF la reducción del 60% en los rendimientos netos. Queda claro que el único requisito exigido es que el inmueble se destine a la vivienda, y esa exigencia puede quedar perfectamente acreditada por los hechos y los términos del contrato de arrendamiento. En este caso, queda comprobado según Tributos que “no nos encontramos ante un arrendamiento de inmueble a una sociedad para un destino genérico de utilización por sus empleados”, sino que desde el primer momento ha quedado plenamente identificada la finalidad del arrendamiento: que se destinará a vivienda habitual del director general de la compañía y su familia. El cambio de uso sin previa autorización expresa por escrito del arrendador será causa de resolución del contrato, quedando prohibido el uso comercial, la cesión y el subarrendamiento.

• La deducción de gastos empresariales en la declaración del Impuesto de Sociedades es un motivo de controversia judicial habitual. El asunto acaba de llegar a manos del Tribunal Supremo que, según un reciente auto ha aceptado pronunciarse para fijar criterio y arrojar luz sobre esta pugna. El caso es de un holding, al que la Inspección impidió deducirse una serie de gastos del pago de Sociedades correspondiente a los ejercicios 2006 y 2007. El fisco argumentó que dichos costes no podían ser desgravados al considerar que eran lo que la ley califica de “liberalidades”, apuntes no deducibles.

• La AN considera lícito el acuerdo de registro horario en la aseguradora Zurich por el que se incrementa en media hora la jornada diaria de sus trabajadores, modificación que no pasó el trámite del convenio colectivo. Pues bien, la conclusión de la sentencia es que este acuerdo es lícito y no supone una modificación general de las condiciones de trabajo y del horario porque dentro del acuerdo se conviene que «la empresa se compromete a no utilizar este registro horario como medida disciplinaria cuando dé como resultado una jornada inferior a lo concertado con el empleado, mediante la deducción de salario, amonestaciones, sanciones o incluso el despido».

SECTORES BANCARIO Y BURSÁTIL

• El BiS acusa a las políticas de la banca central de crear una ‘trampa de tipos bajos. La decadencia del tipo de interés natural (TIN) ‘obliga’ a los bancos centrales a reducir sus tipos en un intento por seguir el ritmo del TIN, aunque en algunas ocasiones resulta harto complicado, sobre todo cuando cae a niveles negativos, como es el caso de la zona euro. También existe otra corriente que asegura que los bancos centrales han contribuido a la caída del interés natural con sus políticas expansivas, por lo que el debate está abierto. El factor demográfico es el más importante para explicar el colapso del tipo de interés natural.

• La CNMV aumentará la vigilancia a las empresas cotizadas tras el elevado número de presuntos casos de corrupción y prácticas irregulares que han acabado en la Justicia penal en los últimos meses. El supervisor pide a los consejos de administración de las compañías que revisen sus políticas y procedimientos en materia de transparencia y buen gobierno. «Tenemos que asegurarnos de que sus protocolos anticorrupción son suficientemente exigentes y se aplican realmente», apuntan fuentes de la CNMV.

• Orange bank ha abierto este lunes una sucursal en España, con el reto de conseguir en 10 años 1 millón de clientes a los que se compromete a pagar sin condiciones un interés del 1% anual en sus cuentas de ahorro, hasta los 20.000 euros. En una primera fase, ha lanzado este servicio, además de por internet, en 25 tiendas propias y la idea es extenderse a toda la red -1.000 tiendas- a finales del primer trimestre de 2020.

• Un Juzgado de Primera Instancia ha declarado nulas dos compras de acciones de Banco Popular efectuadas por una empresa. La novedad del fallo reside en que la compra la hizo una mercantil administrada por distintas personas, dedicándose una de ellas en otra sociedad a la intermediación en operaciones con valores y otros activos. Según explica la magistrada, la experiencia en la intermediación en operaciones con valores puede implicar un conocimiento del mercado financiero y de que la suscripción de acciones conlleva una serie de riesgos, pero no la obligación de «adivinar que la entidad, que mostraba una apariencia absoluta de solvencia, iba, prácticamente de la noche a la mañana, a vender todas sus acciones por 1 euro». Condena al banco (ahora Santander) a devolver al demandante lo que invirtió más los intereses.
EMPRESA

• Un estudio del Instituto de Economía de Barcelona revela que la presencia de Airbnb en Barcelona ha tenido un impacto directo en el mercado residencial encareciendo un 19% los precios de compraventa y un 7% los del alquiler entre 2012 y 2016 en las zonas con mayor presencia de esta plataforma. El estudio ha sido presentado en unas jornadas sobre el acceso a la vivienda recientemente celebradas en el Banco de España. “Las plataformas de alquiler a corto plazo como Airbnb empeoran el problema de asequibilidad de la vivienda en ciudades como Barcelona donde el turismo es muy importante y la diferencia de rentabilidad entre alquileres cortos y de larga duración es alta”, concretamente tres veces más rentable, sostiene el artículo.

• La patronal de las empresas estibadoras, Anesco, y el sindicato Coordinadora han asentado las bases para que pueda tramitarse la adaptación de los convenios colectivos de la estiba, en cada uno de los puertos, a La Ley de Puertos. Ambas partes han consensuado un documento, en el marco de la negociación del V Acuerdo Marco de la Estiba, que ha permitido levantar las huelgas previstas por los trabajadores para toda esta semana.

B.O.C.M 281 26/11/2019
Extracto de la Orden de 20 de noviembre de 2019, de la Consejería de Economía, Empleo y Competitividad, por la que se realiza la convocatoria de una cuantía adicional de ayudas, con cargo al ejercicio de 2019, para el fomento de la integración laboral de personas con discapacidad severa en centros especiales de empleo

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