INFORMACIÓN ECONÓMICA MÁS IMPORTANTE Y NOVEDADES LEGISLATIVAS EL BOE 05/02/2020 y BOCM 05/02/2020
INFORMACIÓN ECONÓMICA.

• Aprobada la transposición de la Directiva de distribución de seguros, que refuerza la protección de los asegurados incluyendo obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores. Se garantiza el máximo nivel de protección a los clientes de seguros, cualquiera que sea el canal comercial a través del cual adquiera un producto de seguro, y se mejora la transparencia en la comercialización de estos productos. El RDL transpone también la Directiva europea que regula las actividades y supervisión de los Fondos de Pensiones de Empleo.

• El Ejecutivo ha acordado remitir a las Cortes el Acuerdo Internacional de fiscalidad y protección de los intereses financieros entre España y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en relación con Gibraltar. Las negociaciones culminaron el 1 de marzo de 2019 con el acuerdo de referencia, el cual tiene como principales objetivos: eliminar el fraude fiscal y los efectos perjudiciales derivados de las características del régimen fiscal gibraltareño; establecer unas reglas claras para resolver con mayor facilidad los conflictos de residencia fiscal de las personas físicas, y evitar la utilización de sociedades sujetas al régimen fiscal de Gibraltar por residentes fiscales en España o para la realización de actividades económicas en España. Se establece un régimen reforzado de cooperación administrativa entre las autoridades competentes de las respectivas administraciones tributarias, que incluye el intercambio de información sobre determinadas categorías de rentas y activos de especial importancia para la lucha contra el fraude en la zona.

• El Consejo de Ministros ha analizado el informe sobre la recientemente creada Mesa de diálogo agrario entre Gobierno y organizaciones profesionales agrarias (ASAJA, COAG y UPA), que celebró su primera reunión. el proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2020 incrementará la dotación de fondos públicos para facilitar la contratación de esta herramienta clave para los productores en casos de pérdida de producción por las adversidades climáticas. La segunda medida planteada es la modificación de la ley de cadena agroalimentaria, que data del año 2013, para que contemple una relación más precisa de las prácticas comerciales prohibidas, la regulación contra la destrucción de valor de los productos agrarios a lo largo de la cadena (venta a pérdidas), la obligatoriedad de la inclusión del coste de producción como factor de referencia para el establecimiento de los precios en los contratos agrarios, y la publicidad de las sanciones impuestas a las empresas que incumplan la normativa en los contratos con agricultores y ganaderos.

• Las empresas no pueden imponer las fechas de vacaciones a sus trabajadores si antes los empleados las cogían libremente, según una sentencia de la Sala de los Social del Tribunal Supremo, con fecha del 7 de enero de 2020. Los magistrados han dado la razón a los trabajadores de una empresa de limpieza que antes de 2015 disponían de sus días de vacaciones con total libertad y sin limitación de la compañía. La Sala ha condenado a la empresa a seguir concediendo los disfrutes de períodos vacacionales sin restricciones. Los jueces concluyen en la sentencia que los trabajadores tienen que «ser oídos y tenidos en cuenta a la hora de negociar el momento de disfrute de vacaciones y más si, como en el presente caso ocurre, ha venido determinando ese momento a su conveniencia y sin restricción alguna por parte de la empresa».

• Una sentencia descarta que los letrados puedan desgravarse prendas como los pantalones de sport o los vaqueros. El TSJ de Cataluña determina que un abogado únicamente podrá deducirse en el IVA la «vestimenta formal», quedando fuera de esta opción, por lo tanto, «los gastos por vestuario informal», como serían unos pantalones de sport o unos vaqueros «cuya no exclusiva afectación a la actividad [de los letrados] es palmaria», apunta la sentencia, que, en todo caso, no ofrece más ejemplos de qué puede considerarse en una u otra categoría.

EMPRESA

• Endesa ha presentado un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional contra la Circular 2/2019 que establece la metodología de cálculo de la tasa de retribución financiera de las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, y regasificación, transporte y distribución de gas natural. La eléctrica está de acuerdo con la utilización de la metodología Wacc para el cálculo de la retribución financiera pero, por contra, no comparte el cálculo de la misma, que fija la retribución en el 5,58% para las redes.

• Temor a que la revisión urbanística del distrito tecnológico 22@ frene la actividad económica. Los servicios de Urbanismo del Ayuntamiento están trabajando en la reconversión urbanística del 22@ y en la redacción de dos modificaciones de Plan General Metropolitano (PGM). Los vecinos y algunas asociaciones son favorables a paralizar la actividad mientras se resuelve esta tramitación urbanística que reclaman desde hace tiempo. Lo cierto es que la caída de las inversiones del mercado residencial que experimenta Barcelona, provocada en parte por la obligación del 30%, lleva a los promotores e inversores a centrarse, casi de manera exclusiva, en la construcción de oficinas.

• El reinado de Mercadona entre los consumidores españoles parece imbatible. En 2019 volvió a ganar cuota de mercado 0,6 puntos pese a que ya lleva años con más de un cuarto de todo el mercado de gran consumo. En concreto, en 2019 ha consolidado una cuota del 25,5% gracias a su actual despliegue en el País Vasco. Un crecimiento también impresionante es el que está protagonizando Lidl. La cadena todavía ocupa el cuarto puesto en cuota de mercado en España, con el 6,4%, pero eso es 0,7 puntos más que el año pasado. La apuesta por los productos frescos está detrás de éxito, que lejos de ser puntual consolida a ambas enseñas como las de mayor crecimiento en el mercado español en la última década.

• Vodafone España registró unos ingresos por servicios de 966 millones de euros en su tercer trimestre fiscal, cerrado en diciembre, un 6,5% menos que en el mismo periodo del ejercicio anterior. Los ingresos totales cayeron un 7%, hasta 1.078 millones, según los datos publicados hoy por el grupo Vodafone. La teleco, no obstante, parece frenar la caída del volumen de negocio, como consecuencia de la decisión acordado en 2018 de no renovar los derechos televisivos del fútbol, a los que considera no rentables. De hecho, entre julio y septiembre, los ingresos por servicios habían caído un 8%.

• La AN ha desestimado por sentencia las demandas presentadas por la CNMC y Unauto, la patronal de las empresas de arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), contra una orden ministerial de 2015 que regulaba la prohibición de estos vehículos de circular sin un documento de control u “hoja de ruta” en el que consten los datos del vehículo, pasajero y recorrido del transporte. La Audiencia da así la razón al Ministerio de Fomento y Fedetaxi frente a la CNMC y Unauto, que consideran que dicha obligación para las VTC es contraria a la Ley de Unidad de Mercado.

B.O.E 31 05/02/2020
Medidas urgentes.- Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.

Salario mínimo interprofesional.- Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.

Entidades financieras.- Circular 1/2020, de 28 de enero, del Banco de España, por la que se modifica la Circular 1/2013, de 24 de mayo, del Banco de España, sobre la Central de Información de Riesgos.

B.O.C.M 30 05/02/2020
Corrección de errores del extracto de la Orden de 19 de diciembre de 2019, de la Consejería de Vivienda y Administración Local, por la que se convocan subvenciones para el año 2019 a la ejecución de obras de rehabilitación en edificios y viviendas previstas dentro del Programa de Fomento de la Regeneración y Renovación Urbana y Rural, del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, correspondientes al Área de “Valle de Lozoya”, en Braojos, Buitrago de Lozoya, Cabanillas de la Sierra, Canencia, Gascones, Horcajo de la Sierra-Asoslos, Navalafuente, Piñuécar-Gandullas, Robregordo, La Serna del Monte, Somosierra, Valdemanco y Villavieja de Lozoya

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